IRPH NULIDAD TJUE

JUICIO IRPH

El próximo 25 de febrero tendrá lugar la vista oral de la cuestión prejudicial planteda por el Juzgado Número 32 de Primera Instancia de Barcelona. En esa vista podremos conocer cuál es la postura del Abogado General y, por tanto, si pedirá (o no) al TJUE que dicte Sentencia favorable a los intereses de los consumidores.

Cómo ya sabemos, el informe de la Comisión Europea obrante en la causa pide la NULIDAD DEL IRPH. En concreto, pide que se analicen conforme al doble control de transparencia las cláusulas del IRPH. Por ello, resulta muy intersante conocer qué dirá el Abogado General en esa vista y cuál será su postura al respecto. Si se sumara a la postura ya conocida de la Comisión estaríamos muy cerca de ver un cambio en la jurisprudencia nacional sobre la NULIDAD DEL IRPH.

De esta forma, si el Abogado General pide la NULIDAD DEL IRPH, estarán en la misma línea todas las partes del procedimiento – menos el Estado Español -. Así, estará más cerca la Sentencia del TJUE exigiendo que se aplique el doble control de transparencia.

Este matiz es el que hará girar la perspectiva actual de nuestro Tribunal Supremo (esperemos). Además, permitirá analizar las claúsulas de IRPH, por ejemplo, por su redacción. Es decir, si es clara y comprensible o, por el contrario, si es suficiente para consumidores «atentos y perspicaces».

Por todo ello, la vista del juicio del IRPH en el TJUE del día 25 de febrero 2019 será una nueva batalla en esta guerra contra el IRPH.