¿Cómo reclamar la nulidad del IRPH? ¿Cómo conseguir la devolución de todos los intereses pagados de tu hipoteca con IPRH?
La nulidad del IRPH supondrá para los bancos un gran golpe ya que tendrían que devolver todos los intereses cobrados en las hipotecas. A diferencia de las cláusulas suelo, la devolución no es parcial sino total. Es decir, si se declara la nulidad de ese ínidice de referencia la banca tendría que devolver todos los intereses cobrados en las cuotas de las hipotecas. Más los interesese de esas cantidades.
Por ello, cómo reclamar la devolución a los bancos es una cuestión que deben saber los afectados por el IRPH.
A día de hoy, los bancos deniegan cuálquier reclamación extrajudicial que, sobre el IRPH, les hacen sus clientes. Sin embargo, esta postura puede cambiar una vez se conozca el contenido de la Sentencia de TJUE que ponga fin a esta cuestión, sobre todo, si tiene el contenido de la misma es favorable a los consumidores.
Así pues, la postura de los clientes en este punto debe ser combativa y beligerante con las entidades de crédito. Hay que tener en cuenta que el efecto que consegurían los consumidores es la devolución de todos los intereses pagados en sus hipotecas. Teniendo presente el tipo de amotización que utilizan los bancos – amortización francesa -, en los primeros años de vida de la hipoteca se pagan la mayor parte de los intereses que genera una hipoteca normal. Pues esas cantidades pagadas en aplicación del IPRH serían devueltas a los consumidores, más sus propios intereses. Es decir, cantidades bastante importantes, superiores en la mayoría de los casos a las devueltas por las claúsulas suelo.
En resumen, el primer paso para recuperar la devolución de esas cantidades es presentar una reclamación por escrito en las oficinas bancarias (están obligadas a recogerlas). De esa reclamación se deben llevar dos copias, una para el banco y otra para el consumidor. Esa segunda copia se guarda como acuse de presentación de la misma.
El siguiente paso, si finalmente el banco contesta de manera negativa, será iniciar la reclamación judicial. Esa reclamación se hará en el Juzgado competente de la capital de la provincia del domicilio del consumidor.
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