nulidad irph

IRPH NULIDAD – CUESTIÓN PREJUDICIAL 

La nulidad del IRPH como índice de referencia en muchas hipotecas es un lucha que están librando muchas familias en España. Después del primer revés que supuso la primera Sentencia del Tribunal Supremo sobre este índice de referencia, la guerra continúa. Esta vez ante el Tribunal de Justicia de la Union Europea, mediante la correspondiente Cuestión Prejudicial.

Desde nuestro despacho hemos manifestado, desde que tuvimos noticias de la Sentencia del Tribunal Supremo, la necesidad de elevar dicha cuestión prejudicial. Tras varios intentos en distintos Juzgados (Sevilla, Cádiz,…) y las mismas denegaciones, por fin, tuvimos la buena noticia del Juzgado de Primera Instancia Número 38 de Barcelona.

Pues bien, en este punto en el que nos encontramos, lo recomendable es realizar peticiones de suspensión en todos aquellos asuntos iniciados que todavía no tengan Sentencia. De esta forma, conseguimos sincronizar nuestros asuntos con la resolución del TJUE. Esta es nuestra postura y lo que venimos haciendo con nuestros clientes,

Como abogados de derecho bancario, tomando como referencia lo establecido en el artículo 43 de la Ley de Enjuciamiento Civil, podemos afirmar que en ese artículo está la herramienta para suspender los asuntos abiertos sobre IRPH.

No obstante, la decisión final no está en nuestras manos, sino que lo está en la de los Jueces. Son ellos quiénes, de mutuo propio, tienen que tomar la decisión definitiva. Si bien, el hecho de que una parte lo interese y pida su impulso puede ser un paso determinante que motive al Juez a tomar esa decisión.

Por todo ello, si necesita aclarar algún detalle sobre esta cuestión o pretender iniciar un trámite judicial pidiendo la nulidad del IRPH, no dude y contacte con nosotros.

IRPH NULIDAD – CUESTIÓN PREJUDICIAL