ABOGADOS IRPH - SEVILLA

ABOGADOS IRPH – SEVILLA

La gran banca no prevee una gran litigiosidad por el tema del IRPH. No obstante, esa previsión no tiene más fundamento que su propio comportamiento en un futuro no muy lejano. Es decir, esa previsión será correcta sólo si la banca continúa negando a sus clientes la devolución de lo pagado de más en sus hipotecas. Sin embargo, cómo es de esperar, no será tarea fácil recuperar el dinero pagado por la aplicación del IRPH.

¿Cómo reclamar la devolución de los intereses pagados por aplicación del IRPH?

El primer paso para recuperar el dinero pagado en aplicación del IRPH consiste en formalizar a la entidad financiera una reclamación extrajudicial en la que se solicite, en base a la nulidad del IRPH, la devolución de todas las cantidades pagadas en concepto de intereses desde la firma de la escritura de hipoteca. Es decir, la devolución de todos los intereses pagados sin ningún tipo de limitación. A diferencia de las reclamaciones por cláusula suelo, dónde se pedía la devolución de lo pagado en aplicación de dicha cláusula, en las reclamaciones por IRPH se interesa la devolución de todos los intereses. SIN LÍMITES. En este matiz, radica precisamente la diferencia económica entre un tipo de reclamación y otra, ya que las cantidades a devolver por la nulidad del IRPH superan con creces a las cantidades por la cláusula suelo.

Y, en ese matiz es precisamente dónde se encuentra la gran esperanza de los afectados por este índice de referencia cuyo validez está puesta en duda desde hace años.

En ningún momento, los afectados por el IRPH eligieron libremente la utilización de ese índice en sus hipotecas. La entidad bancaria impuso ese índice a sus clientes los cuales sufren ahora las consecuencias del mismo. Las hipotecas afectadas por IRPH permanecen prácticamente inalterables desde hace años y se han convertido en préstamos fijos. A día de hoy, el EURIBOR marca mínimos históricos incluso valores negativos nunca vistos. Por su parte, el IRPH permanece inalterable y en máximos desde hace años.

El Tribunal Supremo estableció en su Sentencia de diciembre de 2017 que el IRPH era un índice fácilmente accesible para un consumidor medio, normalmente informado y razonablemente atento y perspicaz. Sin embargo, la Comisión Europea y el Abogado del TJUE parece que no piensan lo mismo. Estas posturas validan cualquier reclamación frente a nuestro banco. A su vez, sirven de base para litigar en caso de que se deniegue la reclamación extrajudicial.

Por tanto, si necesita ABOGADOS expertos en reclamaciones de IRPH en SEVILLA en los que poder confiar la eliminación de ese índice y la devolución del dinero correspondiente a los intereses, PÓNGASE EN CONTACTO CON NOSOTROS. La primera consulta sobre nulidad de IRPH es GRATUITA.

llucia&AS-ABOGADOS es despacho miembro de la Asociación Española de Derecho de Consumo.