SENTENCIA CLAÚSULA SUELO EN PRÉSTAMO SUBROGADO
Hemos obtenido nueva Sentencia confirmando nuestra demanda en materia de cláusula suelo. En este caso, se obliga al Banco a eliminar la cláusula suelo, a devolver todo lo cobrado de más – desde la firma del contrato – más los intereses y las costas.
La particularidad de este asunto estaba en que nuestro cliente firmó subrogándose en el préstamo que la Promotora Inmobiliaria tenía contratado con el Banco.
De esta forma, el Juez exige al Banco que debió informar al cliente que se subrogaba en el préstamo de la Promotora Inmobiliaria. Por tanto, la subrogación del consumidor en el préstamo de la Promtora Inmobiliaria no libera al banco del deber de informar.
Esta nueva Sentencia sobre claúsula suelo en un préstamo subrogada de promotora, impone la obligación al banco de informar al consumidor. Esa obligación del banco no la puede subsanar la Promtora Inmobiliaria.
En consecuencia, una cláusula suelo se condierará NULA si estaba incluida en el préstamo que la promotora inmobiliaria tenía firmado con la entidad bancaria. Y el banco no informó al consumidor de la incorporación de la misma y sus efectos.