DEVOLUCIÓN GASTOS DE HIPOTECA

¿Qué hacer para que te devuelvan los gastos de tu hipoteca?

La respuesta a esta pregunta nos lleva a buscar una solución por dos vías: – una, reclamación judicial frente al Banco y, otra, una reclamación frente a la administración dónde se hizo el pago del impuesto.

La primera vía – reclamación judicial –  nos permite reclamar los gastos no sólo del impuesto de nuestra hipoteca sino también los demás gastos que el banco nos hizo pagar a la hora de constituir nuestra hipoteca, es decir, los gastos de notaría, de registro, de gestión, de tasación,… A esos gastos habría que añadirles los intereses que hubieran generados esos gastos desde el momento en que se hizo efectivo su pago. Esta reclamación se plantea mediante demanda de nulidad ante el Juzgado competente y se hace demandando directamente al Banco. Además, la reclamación de esos gastos no tiene plazo de prescripción y se puede reclamar incluso de hipotecas ya pagadas.

La segunda vía – reclamación frente a la administración – nos permite también reclamar los gastos del impuesto de nuestra hipoteca pero nos permite hacerlo sólo por ese concepto, es decir, no se pueden reclamar ni los gastos de notaría, de registro, de gestión, de tasación,…Esta reclamación se lleva a cabo frente la organismo público ante el que se realizó el pago del impuesto (organismo autonómico encargado del cobro de impuestos), se realiza la devolución en base al denominado <<pago indebido>> y esta solictud frente a la administración si que tiene un plazo para ser presentada de 4 AÑOS a contar desde el día en que se hizo efectivo el pago del mismo.

Desde llucia&AS-ABOGADOS ponemos a su disposición nuestros servicios jurídicos para conseguir la devolución de los gastos de su hipoteca.